A-568/26 de 2026
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado A y el cabildo indígena La Recoleta del municipio de Facatativá, Cundinamarca, causado por una investigación penal adelantada contra un ciudadano por la presunta comisión del delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones la sala plena hace el análisis ponderado de los elementos del fuero especial indígena.
El elemento subjetivo se acredita pues pudo verificarse que el imputado es comunero del cabildo La Recoleta.
El factor territorial se satisface en sentido estricto teniendo en cuenta que los hechos ocurrieron dentro del ámbito geográfico de jurisdicción del cabildo.
El elemento objetivo no determina una solución específica porque, el bien jurídico afectado, como la integridad, libertad y formación sexual, catalogada por esta Corporación como de especial nocividad, concierne tanto a la comunidad indígena, como a la cultura mayoritaria.
El factor institucional no se encuentra debidamente acreditado.
La manifestación de la gobernadora indígena de asumir el conocimiento del proceso constituye un indicio inicial de organización, pero, esta resulta insuficiente para acreditar la existencia de una institucionalidad robusta y funcional, tratándose de una conducta de alta gravedad como la analizada, no se evidencia la existencia de reglas específicas para la investigación, juzgamiento y sanción de conductas de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes y, el modelo no parece garantizar las exigencias procesales encaminadas a la protección de los derechos de la niña involucrada en los hechos materia de investigación penal.
Se asigna la competencia a la jurisdicción ordinaria penal.